CONCEPTOS TEORICOS
DEFINICIONES
ENFERMEDAD LABORAL
El
artículo 4° de
la Ley 1562 de 2012, define como enfermedad
laboral aquella que es contraída como resultado de la exposición a factores
de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador
se ha visto obligado a trabajar.
De
acuerdo con el precitado artículo, el Gobierno Nacional, previo concepto del
Consejo Nacional de Riesgos Laborales, debe determinar en forma periódica las
enfermedades que se consideran como laborales, para lo cual los Ministerios de
Salud y Protección Social y del Trabajo, deben realizar una actualización de la
tabla de enfermedades laborales, por lo menos cada tres (3) años, atendiendo
los estudios técnicos financiados por el Fondo Nacional de Riesgos Laborales.
Ejemplos:
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| ESTRÉS |
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| FATIGA |
ENFERMEDAD COMUN
Se tiene definida como aquella alteración de
la salud que no tiene la consideración o no es como consecuencia de un
accidente de trabajo ni enfermedad profesional. Asi mismo se denomina como aquella cuyas causas son diferentes o ajenas al
campo profesional y no es proporcionada intencionalmente, es decir, toda patología o accidente, que no hayan
sido calificada como de origen profesional se consideran de origen común, según
el art. 12 del Decreto 1295 de 1994.
“Toda enfermedad o patología, accidente o
muerte, que no hayan sido clasificados o calificados como de origen
profesional, se consideran de origen común.
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| DALTONISMO |







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