CONCEPTOS TEORICOS



DEFINICIONES


ENFERMEDAD LABORAL

El artículo  de la Ley 1562 de 2012, define como enfermedad laboral aquella que es contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.
De acuerdo con el precitado artículo, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de Riesgos Laborales, debe determinar en forma periódica las enferme­dades que se consideran como laborales, para lo cual los Ministerios de Salud y Protección Social y del Trabajo, deben realizar una actualización de la tabla de enfermedades laborales, por lo menos cada tres (3) años, atendiendo los estudios técnicos financiados por el Fondo Nacional de Riesgos Laborales.

Ejemplos:
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SÍNDROME DEL TÚNEL CARPIANO

ESTRÉS

FATIGA



ENFERMEDAD COMUN

Se tiene definida como aquella alteración de la salud que no tiene la consideración o no es como consecuencia de un accidente de trabajo ni enfermedad profesional. Asi mismo se denomina como aquella cuyas causas son diferentes o ajenas al campo profesional y no es proporcionada intencionalmente, es decir,  toda patología o accidente, que no hayan sido calificada como de origen profesional se consideran de origen común, según el art. 12 del Decreto 1295 de 1994. 

“Toda enfermedad o patología, accidente o muerte, que no hayan sido clasificados o calificados como de origen profesional, se consideran de origen común. 



DALTONISMO





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